La Directiva ECN+ entra en vigor de forma sorpresiva el 29 de abril

El pasado 28 de abril apareció publicado en el BOE de forma sorpresiva el Real Decreto-ley 7/2021, que transpone al ordenamiento jurídico español diversas directivas de la Unión Europea sobre diversas materias, entre ellas transpone en parte la Directiva UE 2019/1, también conocida como Directiva ECN+, siendo su entrada en vigor en lo que respecta a esta materia el día siguiente a su publicación, es decir, el 29 de abril.

Esta Directiva ECN+ tiene como finalidad el dotar a las autoridades de competencia de los Estados miembros de medios para aplicar más eficazmente las normas sobre competencia y garantizar el correcto funcionamiento del mercado interior, habiendo supuesto su transposición la modificación de la Ley 15/2007, de 3 de julio, de Defensa de la Competencia, así como su reglamento.

Entre dichas modificaciones se destaca el importante incremento en la cuantía de las multas por restricciones de la competencia en acuerdos de distribución y abusos de posición de dominio, de tal forma, si bien hasta ahora las multas por acuerdos verticales (como son, en nuestro caso, los contratos de distribución) podían conllevar multas de hasta el 5 % de la facturación anual de todo Grupo a nivel mundial, pasan a ser exactamente del doble de esta cantidad, un 10%.

Otro aspecto importante de esta reforma es que la nueva norma dota a la autoridad de la competencia española (la Comisión Nacional de los Mercados y de la Competencia, más conocida por sus siglas CNMC) de mayores mecanismos para su labor investigadora.

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